DIF investiga a gobernador de Nuevo León por «adopción» de bebé
El órgano recordó que no existen adopciones temporales.
AGENCIAS.- Luego de que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, y su esposa, Mariana Rodríguez, «adoptaron» por un fin de semana a un bebé, la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA), del Sistema Nacional Para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), requirió mediante oficio a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Nuevo León información sobre el supuesto “proceso de adopción por un fin de semana” o algún otro medio alternativo de cuidado familiar.
Se otorgó un plazo de 72 horas a la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para remitir la información solicitada, por lo que una vez recibida y realizado el análisis respectivo, se determinarán las medidas que resulten procedentes.
En un comunicado, el DIF nacional señaló que tanto Mariana Rodríguez como Samuel García vulneraron los derechos a la intimidad y a la protección de datos personales del bebé Emilio, a quien retrataron y videograbaron en sus redes sociales.
De acuerdo con las declaraciones públicas del citado matrimonio, el niño se encuentra bajo el cuidado de un Centro de Asistencia Social público que depende del Sistema Estatal DIF Nuevo León, y no del Sistema Nacional DIF. No obstante, con base en la competencia concurrente entre federación y entidades federativas, dispuesta en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la PFPNNA realizará las acciones necesarias para proteger el Interés Superior de la Niñez en este caso.
Rechazan adopciones temporales
La adopción, como cualquier medio alternativo de cuidado familiar, debe realizarse en estricto apego a las disposiciones legales aplicables, asegurando en todo momento y como principal fin la integridad de las niñas, niños, o adolescentes involucrados.
Por ello, es necesario que toda persona o familia interesada en un proceso de adopción cuente con un certificado de idoneidad, el cual solo puede ser expedido por el Sistema Nacional DIF, los Sistemas Estatales y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, pues sin este documento resulta jurídicamente imposible realizar la asignación de una niña, niño o adolescente en adopción.
Además, la legislación vigente en México establece que la adopción es un medio alternativo de cuidado familiar definitivo, por lo que no existen adopciones temporales.