A través de un decreto presidencial publicado en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF) se derrogaron y modificaron diversos lineamientos del Reglamento de Insumos para la Salud, para garantizar la salud de los mexicanos regulando los medicamentos.
Desde el 1 de junio, las etiquetas de los medicamentos destinados exclusivamente para las instituciones públicas de salud y de seguridad social deberán de diferenciarse de aquel destinado con el sector privado. Además, deberán de incluir la leyenda «prohibida su venta» y contener la clave del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, según las modificaciones del artículo 26.